Análisis del gasto de personal desagregado por artículos
Resumen
Análisis del gasto de personal desagregado por artículos del capítulo I de las obligaciones reconocidas netas de las liquidaciones anuales de los presupuestos de las entidades de España. (Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares).
Descripción
La Ley de Transparencia impulsada por el Gobierno obliga a las administraciones locales a publicar la información económica y su gestión presupuestaria, con el objetivo de que los ciudadanos puedan realizar valoraciones sobre sus políticas de gastos y la eficiencia en su gestión, así como del rigor y austeridad de sus decisiones.
El gasto de personal analizado en este informe se extrae del Capítulo I (gastos de personal) del presupuesto de gasto de las entidades y equivale a las retribuciones efectuadas al personal sea cual sea el concepto por el que estas se satisfacen, así como el coste que los trabajadores suponen por las cuotas a la Seguridad Social y demás gastos de carácter social. Con el fin de obtener un mayor detalle, estos gastos se desglosan por artículos en las siguientes partidas económicas:
10.- Órganos gobierno y personal directivo (alcaldes, concejales,...).
11.- Personal eventual (asesores, cargos de confianza,...).
12.- Personal funcionario.
13.- Personal laboral.
14.- Otro personal.
15.- Incentivos al rendimiento (plus de productividad y gratificaciones).
16.- Cuotas y prestaciones sociales (seguros y otros gastos sociales).
Por lo tanto, el indicador puede calcularse mediante la siguiente fórmula aplicada a cada uno de los artículos de forma individualizada:

Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local establece que deben ser los Presupuestos Generales del Estado los que determinen anualmente el máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales. El criterio que se debe tener en cuenta como referencia a la hora determinar estas retribuciones es el sueldo que perciben los Secretarios de Estado de la Administración General del Estado según la siguiente tabla:

Asimismo, la ley fija que los miembros de Corporaciones locales de población inferior a 1.000 habitantes no tendrán dedicación exclusiva. Excepcionalmente, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Nota: Los datos de los informes corresponden a Ayuntamientos y su agregado por Diputaciones y Comunidades Autónomas o a Diputaciones y su agregado por Comunidades Autónomas que hayan remitido sus cuentas al Ministerio. También se incluyen datos económicos de diputaciones, consejos y cabildos insulares en este informe.
Fuentes utilizadas en el informe
Comentarios (1)
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